jueves, 20 de diciembre de 2018
lunes, 10 de diciembre de 2018
Constitución Española
Documental Constitución : Una producción del Canal Historia conducida por Manuel Campo Vidal que repasa este periodo trascendental en la historia española reciente.
viernes, 23 de noviembre de 2018
Ejercicio :Constitución 1812
Para saber más : Congreso de los diputados
Importancia histórica de la constitución de 1812: Artículo de El País
. Define los
siguientes conceptos y especifica cómo se concretan en el texto constitucional
de Cádiz:
a)
Declaración
de Derechos (cita los dos que consideres más importantes, ¿qué derecho quedará
alterado?)
Derechos legítimos de todos los individuos: la
proclamación de los derechos individuales y la obligación estatal de su defensa
es un principio fundamental del liberalismo. Encontramos precedentes de estos
derechos en las revoluciones americana y francesa del siglo XVIII. La
proclamación de derechos en la Constitución de Cádiz no es sistemática pues no
hay un título que los recoja. No obstante puede considerarse amplia. En este
artículo 4 se recoge el derecho a la libertad individual y a la propiedad; en
otros artículos se recogen otros derechos como la prohibición de detenciones
arbitrarias, la inviolabilidad del domicilio, la abolición del tormento como
pena corporal, y la libertad de imprenta. Sin embargo presenta la limitación de
la carencia de libertad religiosa.
b)
División
de poderes:
La Constitución de 1812 intenta diferenciar claramente
quién hace las leyes, quién las ejecuta y quién las aplica: Poder Legislativo:
“la potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey”; Poder
ejecutivo: “la potestad de hacer ejecutar la leyes, reside en el rey”; Poder
Judicial: "la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y
criminales reside en los Tribunales establecidos por la Ley” (Art.15-16-17)
c)
Sufragio:
Sistema electoral en que se eligen
las personas que ocuparán los cargos públicos mediante votación. SUM +25 años.
d)
Estado
confesional
Un Estado confesional es aquel que tiene
como oficial una confesión religiosa
concreta. España fue un Estado
confesional siendo la confesión estatal
la católica. Actualmente, España es un país aconfesional, esto es, ninguna
confesión tiene carácter estatal.
Obra legislativa: Cita cuatro
decretos destinados a eliminar las trabas económicas del Antiguo Régimen.
Estas fueron las principales reformas políticas, económicas,
sociales y jurídicas adoptadas por las Cortes de Cádiz:
-Libertad de imprenta
(1810)
- Abolición del régimen señorial: supresión de los señoríos
jurisdiccionales, reminiscencia feudal. Sin embargo, la nobleza mantuvo la
propiedad de casi todas sus tierras.
- Supresión de la Inquisición (1813)
- Abolición de los gremios. Libertad económica, comercial,
de trabajo y de fabricación (1813)
- Tímida desamortización de algunos bienes de la Iglesia.
8. ¿Por qué crees que es importante la
Constitución de Cádiz ?
Leer artículo del diario el País.
sábado, 27 de octubre de 2018
miércoles, 24 de octubre de 2018
domingo, 7 de octubre de 2018
Ley Agraria - Jovellanos
(…) Basta Señor, basta ya de luz y
convencimiento para que vuestra alteza no declare la entera disolución de esta
hermandad tan prepotente, la abolición de sus exorbitantes privilegios, la
derogación de sus injustas ordenanzas y la supresión de sus juzgados opresivos.
Desaparezca para siempre de la vista de nuestros labradores este concejo de
señores y monjes convertidos en pastores y granjeros y abrigados a la sombra de
un magistrado público (…) y restitúyanse de una vez su subsistencia al ganado
estante, su libertad al cultivo, sus derechos a la propiedad, y sus fueros a la
razón y a la justicia”.
Este texto corresponde al Informe sobre la Ley
Agraria, que elaboró el ministro de Carlos III, Gaspar Melchor de Jovellanos.
En realidad el Informe de la Ley Agraria forma
parte de la recogida de información que sobre la situación de la agricultura
española ordenó elaborar Carlos III, a sus ministros. Estos ministros estaban
influenciados por las ideas de la Ilustración y de la Fisiocracia (doctrina
económica que considera que la riqueza de la nación se basaba en la riqueza de
la tierra, es decir, de la agricultura).
Esta información o “Expediente” lo conforman,
datos, informes, opiniones y encuestas elaboradas por distintas instituciones,
entre ellas la Sociedad Económica de Amigos del País de Madrid.
Fuente
Histórica, primaria. El Informe sobre la Ley
agraria fue redactado en una primera versión en 1784 pero no se envió hasta
1787 a la Sociedad Económica Matritense, quien la remitió definitivamente al
Consejo de Castilla para su publicación en 1795.
Naturaleza
Por su contenido es un texto económico, ya que
refleja la situación de la agricultura así como algunas trabas que impiden su
desarrollo.

Gaspar Melchor de Jovellanos
Autor: Goya y Lucientes, Francisco de
Título obra: Gaspar Melchor de Jovellanos
Autor y obra.
Gaspar Melchor de Jovellanos (1744-1811).
Escritor, jurista y político ilustrado español, de origen asturiano. En 1782
formó parte de la comisión que puso en marcha el Banco de San Carlos. Fue
miembro de la junta de comercio de la Sociedad Económica Matritense. En 1784
comenzó la redacción de diversos estudios sobre la economía de España, entre
los que tiene singular valor el Informe sobre la Ley Agraria. En dicha ley
aboga por la liberalización del suelo y la supresión de los privilegios de la
Mesta, norma sobre la que el Consejo de Castilla había volcado sus esperanzas
para modernizar el agro peninsular.
Jovellanos se muestra partidario de eliminar
los obstáculos a la libre iniciativa. Entre ellos estaban los baldíos, la
Mesta, la elevada fiscalidad sobre los campesinos, la falta de conocimientos
útiles de los propietarios y labradores, las malas comunicaciones y la falta de
regadíos, canales y puertos.
Para corregir esta situación Jovellanos
propone que los baldíos y montes comunales pasaran a propiedad privada, la
total disolución de la Mesta, el cercamiento de fincas, y que los
arrendamientos estuvieran basados en el pacto libre entre los colonos y los
propietarios. Abogaba también por la supresión de los mayorazgos y las tierras
amortizadas de la iglesia y la reforma de los impuestos. Sin embargo, el inicio
de la Revolución Francesa paralizó con Carlos IV las ideas ilustradas y apartó
de la vida pública a la mayoría de los pensadores más avanzados, entre ellos el
propio Jovellanos.
Destinatario.
El destinatario del documento es en primera
instancia el Consejo de Castilla, institución que desde las reformas
centralizadoras de Felipe V constituía el Consejo de Gobierno del rey, y por
extensión el informe va destinado al rey. Fue inicialmente Carlos III quien
impulsó dentro del espíritu reformistas de sus ministros el deseo de resolver
los males de la economía española. Su sucesor Carlos IV, frenó muchos de esos
impulsos, y en el campo de la reforma agraria, los intereses de poderosas
instituciones como la nobleza terrateniente o la Mesta impedirían que se
realice reforma alguna.
Comentario de ideas.
“¿Qué nación hay que no tenga mucho que
mejorar en los instrumentos, mucho que adelantar en
los métodos, mucho que corregir en las labores
y operaciones rústicas de su cultivo?”
Justifica la situación de atraso económico y
tecnológico del campo, refiriéndose continuamente a la falta de técnicas.
Defiende que entre todas las artes, la agricultura es fuente de riqueza de una
nación y por lo tanto, atendiendo al pensamiento ilustrado que defendía la
agricultura como principal fuente de riqueza (fisiocracia), cree clara la
necesidad de reformar dicho sector en sus métodos, labores y operaciones de
cultivo.
“(…)
Basta ya de luz y convencimiento para que vuestra alteza no declare la entera
disolución de
esta hermandad tan prepotente, la abolición de
sus exorbitantes privilegios, la derogación de sus
injustas ordenanzas y la supresión de sus
juzgados opresivos. Desaparezca para siempre de la
vista de nuestros labradores este concejo de
señores y monjes convertidos en pastores (…). ”
Aboga
por la supresión de los privilegios a la Mesta, la desvinculación de tierras
amortizadas, la desaparición de los mayorazgos.
“(…) y
restitúyanse de una vez su subsistencia al ganado estante, su libertad al
cultivo, sus
derechos a la propiedad (…).”
Apuesta
por la restitución de privilegios a la ganadería estabulada frente ala
trashumante de grandes rebaños en manos de la nobleza y la Iglesia. Igualmente
defiende la necesidad de dotar al campesino de tierras y de reducir el número
de jornaleros y aparceros, así como la práctica de la agricultura en libertad.
Contexto histórico.
En el siglo XVIII la agricultura era todavía
la principal fuente de riqueza, y a ella se dedicaba más del 80% de la
población. La mayor parte de la tierra estaba amortizada, es decir, no podía
comprarse ni venderse y debía transmitirse en herencia. Así sucedía con la tierra
de la Iglesia, la nobleza o los ayuntamientos, en cuyos patrimonios era
habitual la institución del mayorazgo. Asimismo, la propia Corona, la nobleza y
la Iglesia continuaban siendo los titulares de extensas propiedades sobre las
que ejercían jurisdicción y de las que recibían cuantiosas rentas. En
consecuencia, la mayor parte de la tierra cultivable estaba fuera del mercado y
la inmensa mayoría de la población no podía acceder a la propiedad.
Aunque existían agricultores propietarios de
sus tierras, la mayor parte del campesino era arrendatario o jornalero. Además
la ganadería ovina extensiva todavía era muy fuerte. Los grandes propietarios,
organizados en la Mesta, poseían enormes rebaños que les proporcionaban enormes
beneficios, y en muchos casos primaban las tierras para pasto frente a su uso
para el cultivo.
Durante la 2ª mitad de siglo la preocupación
básica de los ilustrados españoles fue la cuestión económica. Todos ellos eran
conscientes de que el atraso del país provenía de la gran cantidad de tierras
amortizadas en manos de la nobleza y del clero, del excesivo control sobre las
actividades económicas (existencia de los gremios) y del desconocimiento de las
nuevas técnicas e inventos, aplicados ya en otros países como Gran Bretaña y
Holanda. Por ello se esforzaron en estudiar la situación real del país y en
proponer una serie de reformas, que contribuyeran al crecimiento económico.
Más información aquí.
La fisiocracia era una escuela de pensamiento
económico del siglo XVIII fundada por François Quesnay. El origen del término
fisiocracia proviene del griego y quiere decir "gobierno de la
naturaleza", al considerar los fisiócratas que las leyes humanas debían
estar en armonía con las leyes de la naturaleza. Esto está relacionado con la
idea de que sólo en las actividades agrícolas la naturaleza posibilita que el
producto obtenido sea mayor que los medios utilizados en la producción
surgiendo así un excedente económico.
Quesnay publicó en 1758 el Tableau économique, que contenía los
principios de las ideas de los fisiócratas.
Adam Smith. En 1776 publica: La riqueza de las
naciones, sosteniendo que la riqueza procede del trabajo. Según la tesis
central de La riqueza de las naciones, la clave del bienestar social está en el
crecimiento económico, que se potencia a través de la división del trabajo y la
libre competencia.
miércoles, 26 de septiembre de 2018
Historia de España: Economía de España en el XVIII
Solución 27/9/2018:
|
LIBERALISMO
(finales s. XVIII + s. XIX)
|
|
Sociedad de
clases. Nueva clase dirigente, la burguesía, que
pactará con la aristocracia terrateniente.
|
|
Liberalismo
político, que se traduce en monarquías liberales que
defienden en mayor o menor grado: la soberanía nacional, la división de
poderes, la limitación de los poderes del rey, ciertas libertades
individuales y el sufragio censitario.
Todo ello queda reflejado en una Constitución.
|
|
Liberalismo
económico (que dará paso a la industrialización y al
capitalismo):
-
Valoración de la iniciativa
individual (libertad de empresa)
-
Libertad de precios (regulados
por la ley de oferta y la demanda)
-
Libertad de comercio
-
Supresión de barreras económicas
en general: gremios, aduanas, proteccionismo, intervencionismo del estado,
monopolios…
|
miércoles, 20 de junio de 2018
Trabajo Patrimonio Histórico
TRABAJO PATRIMONIO HISTÓRICO
• Trabajo EL FORMATO es libre. Trabajos escritos,
presentación multimedia, desarrollo de una página web, blog, vídeo, audio,
fotografía, obras de arte, maqueta , textos dramatizados…
Puedes presentar el proyecto de la forma que más se adecue
a tu estilo. Aún así, los proyectos deben ajustarse a las limitaciones
siguientes: los trabajos escritos no deben exceder de 100 páginas a doble
espacio ( y un mínimo de 20 pág.); en caso de presentaciones tridimensionales
(exposición, formato dramatizado, etc.) se ruega no enviar el objeto en sí,
sino una documentación fotográfica con un informe por escrito.
El trabajo
en sí tiene un peso de un 50% de la
nota.
Todos los trabajos han de llevar un Informe de procedimiento, donde figure:
- la introducción (motivación y objetivos)
- la organización del trabajo (dificultades, fases,
ayudas externas, etc.),
-las fuentes de información utilizadas (bibliografías,
archivos, páginas web, etc.)
- las conclusiones donde indiquéis lo que habéis
aprendido y para qué os ha servido.
Esta parte del trabajo
tiene un peso de un 20% y se debe entregar como máximo antes del 1 de junio.
viernes, 16 de febrero de 2018
lunes, 12 de febrero de 2018
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